Registro de Cuidadores Informales

El Registro de Cuidadores Informales de Puerto Rico se establece en virtud de la Ley 82 de 2023, también conocida como la "Ley sobre la Política Pública del Cuidado Informal del Estado Libre Asociado de Puerto Rico". Este registro tiene como objetivo identificar a las personas cuidadoras para reconocer y visibilizar su labor. Las personas pueden solicitar voluntariamente ser incluidas en este registro de cuidadores informales de adultos mayores, identificándose como cuidadores principales o secundarios. Para acceder a la Ley 82 - 2023 presione el siguiente enlace aquí .

Envejeciente sosteniendo un bastón.
Familia de envejecientes sonriendo.

Requisitos para ser Certificado como Cuidador Informal

Ser cuidador principal o secundario de un adulto mayor (persona de 60 años en adelante).

El adulto mayor bajo su cuidado debe tener una condición médica certificada que requiera asistencia en las actividades esenciales del diario vivir y/o una necesidad de cuidado prolongado.

Descargar, completar y subir a la plataforma el formulario de certificación médica del adulto mayor.

Subir a la plataforma el certificado negativo de antecedentes penales.

Proveer la certificación de la Ley 300 de 1999, conocida como “Ley de Verificación de Historial Delictivo de Proveedores de Servicios de Cuidado a Niños y Envejecientes de Puerto Rico”.

¿Cuáles son los pasos para registrarse como cuidador informal
en Puerto Rico?

Acceder a la página de internet www.cuidadoresinformales.familia.pr.gov

Completar el registro voluntario.

Cargar certificación médica válida.

Cargar documentos requeridos en la plataforma.

Al completar el registro, recibirá su certificación por correo electrónico.

Nuestros servicios

Ofrecemos servicios para facilitar las tareas diarias que implica el cuidado de adultos mayores. Entre estos servicios se encuentran: ama de llaves, cuidados en el hogar, auxiliares, servicios al ciudadano, programas federales, entre otros.

Ver Servicios
Envejeciente sonriendo y realizando un corazón con sus manos.

Preguntas Frecuentes

  • Un cuidador informal es una persona, representante o tutor legal encargada que asiste y apoya a un recipiente de cuidado en una o más de las actividades esenciales del diario vivir sin recibir remuneración económica. El término “cuidador informal o cuidador” puede incluir, pero no se limita a un pariente, pareja, amigo, vecino o cualquier persona que guarde una relación significativa con el recipiente de cuidado. Este concepto no aplicará a personas jurídicas (entiéndase, entre otras, a corporaciones, entidades o negocios con o sin fines de lucro que provean servicios de cuidadores a pacientes).

    Existen dos tipos de cuidadores informales:

  • El cuidador principal es la persona que está a cargo de la mayor parte de las tareas y decisiones relacionadas con el cuidado de una persona. Suele ser un familiar que asume la responsabilidad encomendada, aun cuando no cuente con capacitación profesional. Emplean gran parte de su tiempo diario en proveer asistencia y apoyo en las necesidades físicas y emocionales de la persona que es cuidada.
  • El cuidador secundario es la persona que colabora y ofrece el apoyo necesario en tareas específicas o releva al cuidador principal en el cuidado. Por lo regular suelen ser familiares directos o personas cercanas de la familia.
  • No, puede registrar hasta un máximo de tres adultos mayores bajo su cuidado.
  • No es necesario tener un vínculo familiar ni de consanguinidad con la persona que requiere cuidados para formar parte de registro.
  • Si, como parte de los documentos requeridos para formar parte del registro de cuidadores informales el médico del adulto mayor deberá completar el formulario con nombre certificación médica del adulto mayor que establezca la necesidad de cuidado o nivel de dependencia.
  • No es necesario ni un requisito ser parte del registro de cuidadores informales para realizar la labor de cuidar del adulto mayor.
  • Si, podrá registrarse voluntariamente como cuidador informal si cumple con los requisitos establecidos según la ley 82 de 2023 y lo requerido por el Departamento de la Familia.
  • No, el ser parte del registro voluntario de cuidadores informales en Puerto Rico no conlleva un beneficio económico.
  • No, la certificación que recibirá como cuidador informal no es un documento para solicitar un empleo como cuidador.
  • No, solicitar ser parte del registro de cuidadores informales de Puerto Rico no conlleva costo.
  • Deberá renovar su certificación de cuidador informal anualmente. Será requerido que haya participado de al menos dos capacitaciones para un total de seis horas sobre el cuidado de adultos mayores.

Para solicitar el certificado de la Ley 300 en Puerto Rico, debes seguir los siguientes pasos:

  • Descarga la solicitud del Certificado de Ley 300 desde el sitio web correspondiente presionando aquí.

    Deberas tener una lista con lo siguiente:

    • Una fotografía actualizada (2 x 2 cm, de frente, con fondo sólido y a color).
    • Documento de identidad vigente con fotografía (tarjeta del DTOP, pasaporte americano o licencia de conducir).
    • Certificado de antecedentes penales con vigencia de hasta 30 días.
    • Evidencia de dirección de domicilio (copia de recibo de agua o electricidad a tu nombre).
    • Un sobre con sello postal predirigido a la dirección postal del solicitante.
  • Completa la información requerida en la solicitud con letra molde.
  • Dirígete a la comandancia de policía de tu municipio con todos los documentos para completar el trámite.

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